- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1473
Artículo 1473 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Subinspector puede ordenar que un Oficial o un Marinero del barco que está revisando sea castigado con arresto, es decir, que lo encierren por un tiempo como medida correctiva. Este arresto solo aplica a la tripulación del buque o lugar que él mismo está inspeccionando. Es una facultad que tiene para mantener el orden y la disciplina a bordo.
Texto oficial
Artículo 1,473.- El Subinspector tendrá facultad para imponer arrestos correccionales a los Oficiales y Marinería del buque o dependencia que inspeccione.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.