Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1499
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1499

Artículo 1499 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los oficiales de la Marina, desde el rango más alto hasta los rangos medios, tienen derecho a un pago extra llamado "asignación de embarque" cuando están trabajando a bordo de un barco. Ese pago adicional se calcula según lo que establezca la Ley correspondiente. En otras palabras, si eres militar de la Marina y te toca estar en un buque, te dan un bono especial además de tu sueldo normal. No importa si eres general, jefe u oficial: mientras estés embarcado, te toca ese beneficio.

Texto oficial

Artículo 1,499.- Cualquier Oficial General, Jefe u Oficial, cuando esté embarcado, gozará de la asignación de embarque que determine la Ley.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 168) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.