- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1582
Artículo 1582 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si varios barcos van a anclar juntos, el barco principal (el que manda) debe dar señales para que todos sepan en qué orden deben anclar, cuántas anclas usar y, si se puede, cuánta cadena echar. Esto es como cuando alguien organiza un estacionamiento: el jefe indica a cada quién dónde y cómo estacionarse. La idea es que no haya desorden ni accidentes al anclar.
Texto oficial
Artículo 1,582.- Si tiene que fondear, hará en el buque insignia las señales conducentes para indicar el orden en que deban hacerlo, el número de anclas y, si es posible, la cantidad de cadena. ORDENANZA GENERAL DE LA ARMADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 19-10-2000 179 de 210
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