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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/159
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
159

Artículo 159 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si estás en un campo de tiro o en un ejercicio donde se usan cartuchos (los casquillos de las balas), y los dejas caer al suelo, los avientas o los escondes a propósito, te van a castigar bien fuerte. La ley dice que eso no se vale y te pueden aplicar una sanción seria por hacerlo. Así que mejor no juegues con los cartuchos ni los tires como si nada.

Texto oficial

Artículo 159.- El que en ejercicios deje caer, tire u oculte los cartuchos, será severamente castigado.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 32) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.