- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1601
Artículo 1601 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando hay combates entre barcos o en tierra, el jefe le asigna a cada comandante de división o grupo el lugar que debe ocupar. Esos comandantes tienen que mantener esa posición con honor y habilidad, y pueden moverse como crean conveniente para ganar la batalla, siguiendo los planes del jefe principal. Esto solo aplica si las cosas cambian en pleno combate y no reciben órdenes a tiempo o no ven las señales del jefe. Pero, pase lo que pase, no pueden retirarse a menos que el barco insignia (donde va el mando) les dé una orden clara de hacerlo.
Texto oficial
Artículo 1,601.- En los combates de Escuadra, en los de plaza, asalto, desembarco u otros, designará a los Comandantes de División o Grupo los puestos que deberán guardar y que estarán obligados a conservar con honor y pericia, pudiendo maniobrar como más convenga para alcanzar la victoria, de acuerdo con los propósitos del Comandante en Jefe, siempre que se modifiquen las circunstancias del combate por no recibir con oportunidad las órdenes de obrar, o no ver las señales de aquél; pero sin poder en ningún caso retirarse sin orden expresa del buque insignia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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