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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1606

Artículo 1606 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el comandante principal de una batalla naval muere durante la pelea, su bandera no se debe bajar hasta que el enemigo ya no esté a la vista. En ese momento, se le avisará al siguiente al mando mediante una señal secreta. Ese nuevo comandante, ya sea cambiándose de barco o quedándose en el suyo, dará la orden de bajar la bandera del anterior y de izar la suya propia, como se indica en otra regla del reglamento.

Texto oficial

Artículo 1,606.- Si durante el combate, muere el Comandante en Jefe, no se arriará su insignia sino hasta perder de vista al enemigo, en cuya circunstancia se hará saber al que le suceda en el mando por la señal secreta convenida, para que transbordándose o quedándose en su propio buque, ordene sea arriada la de aquél, arbolando la suya, según se previene en el artículo 987.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 181) ↗

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