- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1606
Artículo 1606 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el comandante principal de una batalla naval muere durante la pelea, su bandera no se debe bajar hasta que el enemigo ya no esté a la vista. En ese momento, se le avisará al siguiente al mando mediante una señal secreta. Ese nuevo comandante, ya sea cambiándose de barco o quedándose en el suyo, dará la orden de bajar la bandera del anterior y de izar la suya propia, como se indica en otra regla del reglamento.
Texto oficial
Artículo 1,606.- Si durante el combate, muere el Comandante en Jefe, no se arriará su insignia sino hasta perder de vista al enemigo, en cuya circunstancia se hará saber al que le suceda en el mando por la señal secreta convenida, para que transbordándose o quedándose en su propio buque, ordene sea arriada la de aquél, arbolando la suya, según se previene en el artículo 987.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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