- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1709
Artículo 1709 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que una autoridad tiene que entregar los nombramientos (documentos oficiales que designan a una persona para un cargo) siguiendo las reglas que ya están escritas en esta ley. Es como cuando te dan un papel que dice que eres el encargado de algo, pero lo hacen exactamente como lo marca el reglamento.
Texto oficial
Artículo 1,709.- Expedirá los nombramientos correspondientes, de acuerdo con las prevenciones relativas de esta Ordenanza.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.