- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1731
Artículo 1731 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que el gobierno tiene la obligación de encargarse de todo lo necesario para subir y bajar tropas del Ejército a los barcos, así como de cargar y descargar equipo de la Armada. También debe atender todo lo que tenga que ver con el trabajo en el mar. En otras palabras, es el responsable de organizar y facilitar que los militares y sus cosas se muevan por barco sin problemas.
Texto oficial
Artículo 1,731.- Proveerá lo necesario a los embarcos y desembarcos de tropas del Ejército, a la carga y descarga de los efectos navales, y a todo lo que se relacione con el servicio de mar.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.