- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 177
Artículo 177 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un soldado va a reemplazar al que está de guardia, debe seguir al Cabo que lo llama con el arma en el hombro. Al llegar, ambos levantan sus armas en señal de respeto. El que se va debe explicarle al nuevo, bien clarito, qué tiene que hacer en ese puesto, y el Cabo checa que todo esté correcto; si falta algo, lo repite. El soldado saliente le pide al entrante que cumpla al pie de la letra lo que le enseñaron. Si el cambio es sin armas (solo vigilancia), se hace igual, pero sin los pasos del arma.
Texto oficial
Artículo 177.- Al que le toque entrar de centinela, cuando fuere llamado por el Cabo de cuarto lo seguirá con el arma terciada; y al llegar al centinela que deba relevar, ambos presentarán las armas. El saliente explicará al entrante con toda claridad las obligaciones particulares de su puesto, el Cabo las oirá con atención y si no estuviere satisfecho de que la consigna está bien transmitida, la repetirá expresando lo que se hubiere omitido. El centinela saliente encargará al entrante las exacta observancia de las obligaciones que se le han enseñado. Si el relevo se efectúa sin arma, en cuyo caso el servicio será de vigilancia, la transmisión de la consigna se hará en la misma forma, excepto la relativa al arma.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.