- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1772
Artículo 1772 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los capitanes de barcos de guerra mexicanos que tengan permiso para atrapar barcos enemigos (eso es una "presa") tienen que recibir un documento con instrucciones especiales de la Secretaría de Marina o la dependencia que corresponda. Ese papel les dice cómo actuar en situaciones raras que puedan surgir, tomando en cuenta los acuerdos internacionales que México haya firmado y cómo va la guerra en ese momento. Básicamente, es para que no improvisen y sigan las reglas establecidas según los tratados y las circunstancias del conflicto.
Texto oficial
Artículo 1,772.- Todo Oficial autorizado para hacer presas, deberá recibir un pliego de instrucciones de la Secretaría del ramo, para prevenir los casos especiales que puedan ocurrir en vista de los tratados celebrados y de las condiciones propias de la guerra.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.