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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1772
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1772

Artículo 1772 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los capitanes de barcos de guerra mexicanos que tengan permiso para atrapar barcos enemigos (eso es una "presa") tienen que recibir un documento con instrucciones especiales de la Secretaría de Marina o la dependencia que corresponda. Ese papel les dice cómo actuar en situaciones raras que puedan surgir, tomando en cuenta los acuerdos internacionales que México haya firmado y cómo va la guerra en ese momento. Básicamente, es para que no improvisen y sigan las reglas establecidas según los tratados y las circunstancias del conflicto.

Texto oficial

Artículo 1,772.- Todo Oficial autorizado para hacer presas, deberá recibir un pliego de instrucciones de la Secretaría del ramo, para prevenir los casos especiales que puedan ocurrir en vista de los tratados celebrados y de las condiciones propias de la guerra.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 197) ↗

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