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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1777

Artículo 1777 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un barco de la Marina agarra algo valioso (como otro barco enemigo o su carga), el dinero de lo que se vendió se reparte entre la tripulación. El capitán recibe una parte equivalente a 10 veces su sueldo de un año completo. Los oficiales de combate y los maquinistas reciben una cantidad igual a su sueldo de un año. El resto del personal a bordo recibe la mitad de su sueldo anual. Todo se calcula en proporción a lo que cada quien gana al año.

Texto oficial

Artículo 1,777.- La distribución del valor de la presa o presas ejecutadas por un buque de guerra independiente, se hará a prorrata del décuplo del sueldo anual del Comandante del buque captor; de una anualidad de cada uno de los individuos del Cuerpo de Guerra y Maquinistas; y de media anualidad del personal de los otros Cuerpos y Servicios de la Armada que se encuentren a bordo.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 198) ↗

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