- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1777
Artículo 1777 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un barco de la Marina agarra algo valioso (como otro barco enemigo o su carga), el dinero de lo que se vendió se reparte entre la tripulación. El capitán recibe una parte equivalente a 10 veces su sueldo de un año completo. Los oficiales de combate y los maquinistas reciben una cantidad igual a su sueldo de un año. El resto del personal a bordo recibe la mitad de su sueldo anual. Todo se calcula en proporción a lo que cada quien gana al año.
Texto oficial
Artículo 1,777.- La distribución del valor de la presa o presas ejecutadas por un buque de guerra independiente, se hará a prorrata del décuplo del sueldo anual del Comandante del buque captor; de una anualidad de cada uno de los individuos del Cuerpo de Guerra y Maquinistas; y de media anualidad del personal de los otros Cuerpos y Servicios de la Armada que se encuentren a bordo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.