- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1787
Artículo 1787 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un barco de guerra, de los que forman parte de un grupo, ve primero una bandera blanca (que es señal de que quieren negociar o rendirse), el capitán de ese barco debe avisar al jefe de toda la flota de inmediato. No puede quedarse la información solo para él. Es como si en una fila, el primero que ve algo importante avisa al líder para que todos sepan.
Texto oficial
Artículo 1,787.- Siempre que por la posición que ocupe un buque de una Escuadra, División o Grupo, su Comandante fuere el primero en reconocer una bandera de parlamento, deberá comunicar esta novedad inmediatamente al Comandante en Jefe.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.