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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1787
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1787

Artículo 1787 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un barco de guerra, de los que forman parte de un grupo, ve primero una bandera blanca (que es señal de que quieren negociar o rendirse), el capitán de ese barco debe avisar al jefe de toda la flota de inmediato. No puede quedarse la información solo para él. Es como si en una fila, el primero que ve algo importante avisa al líder para que todos sepan.

Texto oficial

Artículo 1,787.- Siempre que por la posición que ocupe un buque de una Escuadra, División o Grupo, su Comandante fuere el primero en reconocer una bandera de parlamento, deberá comunicar esta novedad inmediatamente al Comandante en Jefe.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 199) ↗

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