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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1835
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1835

Artículo 1835 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que cuando haya un juicio sobre "presas" (cosas capturadas en un conflicto, como barcos o mercancía), el proceso para resolverlo no se rige por las reglas normales, sino por una ley especial creada solo para eso. En corto, no te guíes por el código común; hay un procedimiento aparte que debes seguir.

Texto oficial

Artículo 1,835.- El procedimiento en el juicio de presas, se ajustará a lo que se prevenga en Ley especial sobre la materia.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 205) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.