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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/1841
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
1841

Artículo 1841 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El comandante del barco principal debe entregar por escrito un plan de señales a cada capitán de los barcos que van en el grupo. Ese plan sirve para que todos se entiendan y puedan maniobrar juntos. Si ven que el enemigo está a punto de atraparlos o atacarlos, cada capitán tiene que destruir ese documento para que no caiga en manos del enemigo. Así evitan que el rival sepa cómo se comunican y pueda aprovechar esa información.

Texto oficial

Artículo 1,841.- A fin de facilitar los movimientos de un convoy, el Comandante de él dará por escrito un plan convencional de señales a cada uno de los Capitanes, el que destruirán éstos cuando se vean amenazados de peligro por el enemigo.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 205) ↗

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