- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 1867
Artículo 1867 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que, en los barcos de guerra, para organizar todo lo relacionado con los puestos de la tripulación en situaciones como combates, incendios o maniobras, y para repartir las horas de trabajo diario, deben seguir al pie de la letra lo que indica el Reglamento para el servicio interior de los buques de guerra. Básicamente, es como si ese reglamento fuera el manual obligatorio que todos tienen que obedecer para que todo funcione ordenado y seguro a bordo.
Texto oficial
Artículo 1,867.- Para la designación de los diferentes puestos que deberán cubrir los tripulantes en combate, incendio, incendio durante el combate, abordaje, maniobras y ejercicios de bote; para la mejor distribución de las horas destinadas a la ejecución de las diversas faenas que se ejecutan a bordo de los buques, en el servicio ordinario; y para todo lo relativo al régimen y policía, se observarán estrictamente las prevenciones del Reglamento para el servicio interior de los buques de guerra.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.