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Artículo 204 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todos los marineros tienen que conocer de memoria sus obligaciones y responsabilidades según lo que dice este tratado, especialmente en temas de jerarquía, disciplina, orden y conducta. Además, deben enseñar esas reglas a los miembros de su grupo o equipo, y asegurarse de que ellos también las cumplan al pie de la letra. Esto aplica cuando estén en guardias, destacamentos o cualquier otra tarea del servicio. Básicamente, cada marinero es responsable de que su gente se porte bien y haga su chamba como debe ser.

Texto oficial

Artículo 204.- Deberán saber todas las obligaciones de los marineros consignadas en los Títulos I y II de este Tratado, para cumplirlas en lo que se refiere a subordinación, disciplina, orden y policía que les son comunes, enseñarlas y hacerlas cumplir exactamente a los individuos de su rancho y a los de otros que con él formen parte de guardias, destacamentos u otra facción del servicio.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 37) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.