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Artículo 241 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los marineros (como Cabos y otros rangos) deben tomar clases al menos dos veces por semana para repasar lo que aprendieron en el barco o escuela y para aprender más. Esas clases las da un Oficial de artillería, con ayuda de los Condestables (que son especialistas en armas y municiones). Además, en las libretas de los Cabos se apunta cómo le echan ganas en las lecciones.

Texto oficial

Artículo 241.- Para que no olviden la instrucción teórico-práctica que hubieren adquirido en el buque o escuela de donde procedan, y aumenten sus conocimientos, tendrán academia lo menos dos veces por semana, que dará el Oficial de artillería de la dotación, ayudado por los Condestables. En las libretas de los Cabos se anotará su aplicación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 42) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.