- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 242
Artículo 242 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando practican tiro al blanco, los artilleros (personas que manejan los cañones) reciben un bono extra, como un premio en dinero, por cada tiro que le atinen al blanco. La cantidad exacta de ese bono la define el reglamento correspondiente, no esta ley. Así que si eres artillero y le pegas al blanco, te toca un pago especial de acuerdo a las reglas.
Texto oficial
Artículo 242.- Los Cabos de cañón disfrutarán en los ejercicios de tiro al blanco, la gratificación que el Reglamento respectivo señale por cada blanco que hicieren.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.