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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
3

Artículo 3 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Armada Nacional es una institución naval permanente, lo que significa que los marinos tienen trabajos estables y de por vida. Si entras a trabajar ahí, sigues una carrera profesional que va subiendo de rango. El puesto más alto al que puedes llegar depende del área en la que estés, llamado "Cuerpo". Ese puesto máximo es el último al que puedes aspirar si te dedicas a la Armada.

Texto oficial

Artículo 3o.- La Armada Nacional permanente se caracteriza por su estabilidad en el servicio; los que a ella pertenecen siguen una carrera profesional, cuyo término será el empleo mayor que se señala en cada Cuerpo y que es el último a que pueden aspirar los que a ella se dediquen.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 1) ↗

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