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Artículo 30 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo solo se usa para decir qué puesto de los empleados de oficina de la Marina equivale a cada rango militar. Por ejemplo, un "Escribiente de 2a" es igual que un "Aspirante de 1a", y un "Oficial 6o" equivale a un "Subteniente". También pone que el puesto de "Jefe de Contabilidad" vale lo mismo que un "Capitán de Fragata". En pocas palabras, es una tabla para saber cómo se comparan los trabajos de escritorio con los grados de la Armada.

Texto oficial

Artículo 30.- Para los efectos del artículo anterior, y estando ya señaladas en este Título las equivalencias de los individuos pertenecientes a los Servicios de Administración y Sanidad, se designan en seguida las que corresponden a los empleados del Departamento de Marina de la Secretaría del ramo, Comandancias Generales de los Departamentos Marítimos y demás Establecimientos y Dependencias de la Armada: Aspirante de 1a. Escribiente de 2a. Escribiente de 1a. Subteniente. Oficial 6o. Oficial 5o. Segundo Teniente. Oficial 4o. Oficial 3o. Primer Teniente. Oficial 2o. Oficial de Contabilidad de 2a Oficial de Contabilidad de 1a. Teniente Mayor. Oficial 1o. Jefe de Contabilidad Capitán de Fragata. Subjefe de Departamento TITULO SEGUNDO Reclutamiento

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.