- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 338
Artículo 338 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los jefes de brigada deben tener unas listas de su equipo con los nombres ordenados por antigüedad y estatura. También deben tener copias del plan de combate de su brigada, y de otros planes como los de incendio o maniobras en botes y vela. Además, deben llevar registros actualizados del uniforme, equipo y armas que les entregue el Contramaestre encargado. Todo esto lo tienen que mantener al corriente y con mucho cuidado.
Texto oficial
Artículo 338.- Tendrán en su poder listas de su brigada, por antigüedad y estatura; copia del plan de combate de su propia brigada; del plan de incendio, maniobras de botes, vela, etc., y relaciones de vestuario, equipo y armamento, que le serán entregadas por el Contramaestre de cargo, y deberán llevar al corriente con toda escrupulosidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.