- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 346
Artículo 346 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tienes que ir a todos los simulacros de señales y pararte en el puente o en el lugar donde se hagan. Además, tú eres el responsable de que los guardabanderas anoten bien en el registro cada señal que manden o reciban, sin errores ni descuidos.
Texto oficial
Artículo 346.- Deberá asistir a todos los ejercicios de señales, situándose en el puente o lugar en que se verifiquen, y será responsable de que los guarda-banderas anoten escrupulosamente en el registro respectivo las señales que hicieren o recibieren.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.