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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
35

Artículo 35 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para entrar a trabajar en la Marina, desde el puesto más básico como Marinero de 2a. hasta Oficial de Mar, primero tienes que demostrar que eres apto para el puesto. Eso se hace con pruebas o exámenes que marca la Ley y sus reglamentos especiales. No te pueden contratar solo porque sí, tienes que cumplir con los requisitos establecidos. Es como cuando pides un trabajo y te piden ciertos estudios o experiencia.

Texto oficial

Artículo 35.- Los enganches desde Marinero de 2a. hasta Oficial de Mar y sus similares de los otros Cuerpos, se harán previa comprobación de idoneidad, conforme a la Ley y a sus Reglamentos especiales.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 14) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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