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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
36

Artículo 36 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los marineros, desde los más jóvenes (llamados grumetes) hasta los oficiales de barco, y sus equivalentes en otros cuerpos de la Armada, al terminar su tiempo de servicio activo (su "enganche") deben pasar automáticamente a la Reserva durante dos años. Esto aplica para todos, sin importar su rango.

Texto oficial

Artículo 36.- Todo el personal a que se ha hecho mención, desde Grumete hasta Oficial de Mar, y sus equivalentes en los demás Cuerpos de la Armada, cuando cumplan sus respectivos períodos de enganche pasarán a la Reserva por dos años.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 14) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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