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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
356

Artículo 356 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El encargado debe revisar todos los días los barcos para asegurarse de que no les falte nada y que los capitanes los tengan siempre listos y ordenados. También tiene que hacer que se remojen seguido, sobre todo los que no se usan a diario. Además, debe checar que las cuerdas, poleas, ganchos y demás herramientas para subir o bajar cosas estén en buen estado para evitar accidentes.

Texto oficial

Artículo 356.- Inspeccionará diariamente las embarcaciones para cerciorarse de que no les falta nada, celando que sus patrones las tengan siempre arranchadas; las hará remojar con frecuencia, ORDENANZA GENERAL DE LA ARMADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 19-10-2000 54 de 210 especialmente aquellas que no se usen en el servicio diario, y vigilará con la debida atención que las tiras, cuadernales, ganchos y demás accesorios para izar o arriar, se encuentren en buen estado de servicio a fin de prevenir accidentes.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 53) ↗

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