- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 356
Artículo 356 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El encargado debe revisar todos los días los barcos para asegurarse de que no les falte nada y que los capitanes los tengan siempre listos y ordenados. También tiene que hacer que se remojen seguido, sobre todo los que no se usan a diario. Además, debe checar que las cuerdas, poleas, ganchos y demás herramientas para subir o bajar cosas estén en buen estado para evitar accidentes.
Texto oficial
Artículo 356.- Inspeccionará diariamente las embarcaciones para cerciorarse de que no les falta nada, celando que sus patrones las tengan siempre arranchadas; las hará remojar con frecuencia, ORDENANZA GENERAL DE LA ARMADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 19-10-2000 54 de 210 especialmente aquellas que no se usen en el servicio diario, y vigilará con la debida atención que las tiras, cuadernales, ganchos y demás accesorios para izar o arriar, se encuentren en buen estado de servicio a fin de prevenir accidentes.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.