- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 359
Artículo 359 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 359 habla sobre la persona encargada de mantener limpio, pintado y en buen estado el exterior del casco de un barco. Su trabajo es asegurarse de que quienes hagan esas labores estén bien protegidos y que las plataformas colgantes (guindolas) estén firmes para evitar accidentes. Todos los días, cuando sea posible, debe revisar los costados del barco para reparar cualquier daño y mantenerlo en buen estado. Para hacer esas reparaciones, tiene que pedirle al Contramaestre de cargo los materiales y la gente necesaria.
Texto oficial
Artículo 359.- Siendo el encargado de la limpieza, pintura y entretenimiento del exterior del casco, vigilará que la gente ocupada en estos trabajos esté convenientemente asegurada y firmes las guindolas para evitar cualquiera desgracia. Diariamente, siempre que sea posible, recorrerá el costado, corrigiendo los defectos que notare para mantenerlo en las mejores condiciones, y, al efecto, solicitará del Contramaestre de cargo los materiales y el personal necesarios para los trabajos que deba ejecutar. Del Contramaestre de guardia
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.