Artículo 388 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los encargados tienen que revisar que las bodegas y los cuartos donde se guardan cosas se cierren a la hora indicada, sin dejar ninguna luz prendida. También deben acompañar al Segundo Comandante o al Oficial de guardia cuando hagan inspecciones. Después del toque de silencio (la señal para ir a dormir), tienen que dar una vuelta para verificar que todo el personal esté acostado y que en las cocinas y reposterías solo estén las personas que están de servicio. Por último, deben reportar al Oficial de guardia cualquier cosa fuera de lo normal que encuentren.
Texto oficial
Artículo 388.- Celarán que las bodegas y pañoles se cierren a la hora reglamentaria, sin que quede en ellos luz alguna; acompañarán al Segundo Comandante u Oficial de guardia en las inspecciones, y después del toque de silencio harán una ronda para cerciorarse de que está acostado el personal, y que en las reposterías y cocinas no hay más individuos que los de servicio, dando cuenta al Oficial de guardia de las novedades que ocurrieren.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.