- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 421
Artículo 421 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si mientras trabajas se te descompone una herramienta, tienes que avisarle al jefe o encargado de tu área para que él decida si se manda arreglar o se cambia por una nueva, siguiendo las reglas que ya están establecidas.
Texto oficial
Artículo 421.- Siempre que en el desempeño de su cometido se inutilice alguna de las herramientas, lo pondrá en conocimiento del Oficial de cargo, para que se determine la compostura o reemplazo en la forma reglamentaria.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.