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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/421
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
421

Artículo 421 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si mientras trabajas se te descompone una herramienta, tienes que avisarle al jefe o encargado de tu área para que él decida si se manda arreglar o se cambia por una nueva, siguiendo las reglas que ya están establecidas.

Texto oficial

Artículo 421.- Siempre que en el desempeño de su cometido se inutilice alguna de las herramientas, lo pondrá en conocimiento del Oficial de cargo, para que se determine la compostura o reemplazo en la forma reglamentaria.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 60) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.