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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/429
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
429

Artículo 429 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un arma de fuego, debes mantenerla siempre en buenas condiciones para que funcione bien. También tienes que repararla tú mismo si es posible hacerlo con las herramientas que tengas a la mano. Esto aplica, por ejemplo, en un barco o lugar donde no puedas pedir ayuda fácilmente.

Texto oficial

Artículo 429.- Cuidará de que las armas de fuego se conserven siempre en buen estado de servicio y hará los trabajos de reparación que sean necesarios en ellas, cuando puedan efectuarse con los elementos de a bordo.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 61) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.