- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 429
Artículo 429 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes un arma de fuego, debes mantenerla siempre en buenas condiciones para que funcione bien. También tienes que repararla tú mismo si es posible hacerlo con las herramientas que tengas a la mano. Esto aplica, por ejemplo, en un barco o lugar donde no puedas pedir ayuda fácilmente.
Texto oficial
Artículo 429.- Cuidará de que las armas de fuego se conserven siempre en buen estado de servicio y hará los trabajos de reparación que sean necesarios en ellas, cuando puedan efectuarse con los elementos de a bordo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.