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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
430

Artículo 430 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 430 dice que alguien con permiso del Oficial de artillería debe revisar seguido las armas chicas y sus piezas de repuesto. Si encuentra algún daño o descompostura, tiene que reportarlo. Eso debe hacerlo sobre todo antes y después de practicar tiro al blanco.

Texto oficial

Artículo 430.- Con autorización del Oficial de artillería revisará frecuentemente las armas portátiles y sus piezas de respeto, dando cuenta de las averías o desperfectos observados, y con preferencia antes y después de los ejercicios de tiro al blanco.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 61) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.