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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
452

Artículo 452 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que una persona, que ayuda al Contador y al Oficial de equipo, es la encargada de cuidar todas las cosas del barco que tienen que ver con su trabajo. Por ejemplo, debe vigilar los utensilios de cocina, la vajilla de los oficiales y los enseres de la tripulación. Cuando recibe estos objetos, tiene que hacer un inventario (una lista) para que quede constancia de todo. Si nota que algo está mal o se daña, debe avisarle al Oficial de equipo para que lo arreglen a tiempo y así evitar que lo hagan responsable por los daños y que se pierda el dinero del gobierno.

Texto oficial

Artículo 452.- Como auxiliar del Contador y del Oficial de equipo tendrá a su cargo todos los efectos pertenecientes al buque y que se relacionen con su comisión, tales como los enseres y útiles de rancho de clases y marinería, vajillas de Jefes, Oficiales, Maquinistas y Aspirantes, y los utensilios de cocina de los distintos ranchos del buque. Recibirá bajo inventario los efectos de referencia, y dará cuenta al Oficial de equipo de las novedades que notare, para que sean corregidos los defectos con oportunidad y queden a cubierto su responsabilidad y los intereses del Erario.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 63) ↗

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