- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 478
Artículo 478 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En la marina, todos los días deben calcular dónde está el barco según lo que ven y según lo que estiman, además de medir cómo se desvían las brújulas, la dirección y la fuerza de las corrientes. Toda esa información se la tienen que entregar al encargado de la ruta en una hoja de papel especial, hecha para eso.
Texto oficial
Artículo 478.- En la mar, trabajarán diariamente la situación observada y de estima, el desvío de las agujas, el rumbo y la velocidad de las corrientes, entregando estos datos al Oficial de derrota en una papeleta a propósito.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.