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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
486

Artículo 486 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 486 dice que los oficiales deben conocer bien a cada persona de la tripulación, como los marineros, clases y sargentos, si hay soldados a bordo. Esto es para que, según las habilidades de cada quién, los puedan asignar a las tareas donde sean más útiles. En otras palabras, tienen que saber quién es quién y en qué son buenos, para que el trabajo en el barco salga mejor. Así se evita poner a alguien en una chamba para la que no sirve.

Texto oficial

Artículo 486.- Pondrán especial cuidado en conocer individualmente a las clases y marinería de toda la tripulación, así como a los Sargentos y tropa de infantería, si la hubiere embarcada, para que con conocimiento de sus aptitudes, puedan emplearlos con la mayor utilidad en el servicio.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 66) ↗

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