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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
489

Artículo 489 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todos los oficiales de un barco deben turnarse para hacer diferentes trabajos y comisiones que se necesiten, como rondas, visitas al hospital, revisar comida, municiones y carbón, ayudar a otros barcos, ir a destacamentos, atender procesos y otros asuntos del servicio. El primer turno siempre lo empieza el oficial más nuevo de un mismo rango o uno más bajo, si hay varios rangos distintos. Pero para misiones de guerra, el turno lo empieza el oficial con más tiempo en el servicio.

Texto oficial

Artículo 489.- Todos los Oficiales alternarán en los trabajos y comisiones que se ofrecieren, como rondas, visitas de hospital, reconocimiento de víveres, municiones y carbón, auxilio a otros buques, destacamentos, procesos y demás asuntos del servicio, empezando siempre el turno por el más moderno de igual o inferior categoría, habiéndolas diferentes; pero para salidas a funciones de guerra, el turno comenzará por el Oficial más antiguo.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 66) ↗

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