- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 489
Artículo 489 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todos los oficiales de un barco deben turnarse para hacer diferentes trabajos y comisiones que se necesiten, como rondas, visitas al hospital, revisar comida, municiones y carbón, ayudar a otros barcos, ir a destacamentos, atender procesos y otros asuntos del servicio. El primer turno siempre lo empieza el oficial más nuevo de un mismo rango o uno más bajo, si hay varios rangos distintos. Pero para misiones de guerra, el turno lo empieza el oficial con más tiempo en el servicio.
Texto oficial
Artículo 489.- Todos los Oficiales alternarán en los trabajos y comisiones que se ofrecieren, como rondas, visitas de hospital, reconocimiento de víveres, municiones y carbón, auxilio a otros buques, destacamentos, procesos y demás asuntos del servicio, empezando siempre el turno por el más moderno de igual o inferior categoría, habiéndolas diferentes; pero para salidas a funciones de guerra, el turno comenzará por el Oficial más antiguo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.