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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
501

Artículo 501 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un oficial de guardia sale de su horario normal, lo reemplaza el siguiente en la lista de mando. El que sale se queda con la obligación de hacer la próxima guardia que se necesite. Si se trata de una misión de guerra, debe entregar la guardia a su segundo o al jefe del siguiente turno, y no tendrá que repetir esa guardia, a menos que regrese al barco tan rápido que aún pueda retomar su puesto.

Texto oficial

Artículo 501.- Tocando salida de trabajo ordinario al Oficial que esté mandando la guardia, se nombrará al que sigue por escala, quedando aquél, en la obligación de hacer la inmediata igual que se ofreciere; y si fuere para función de guerra entregará la guardia a su segundo o al Jefe de la siguiente, quedando exento de repetirla, a menos que se restituya a bordo, tan pronto, que pueda volver a hacerse cargo de la misma.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 68) ↗

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