- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 506
Artículo 506 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando hay trabajos pesados en el barco y el Comandante pide ayuda a varios o todos los Oficiales que no están de guardia, estos no deben meterse en lo que es responsabilidad exclusiva de la guardia. Solo pueden participar en la parte de la maniobra o en lo que tenga que ver con esa faena. Aunque ayuden, quien da las órdenes principales es el Oficial Jefe de la guardia (el encargado en ese turno). Todos deben obedecerlo y hacer lo que diga, incluso si él tiene menos experiencia o rango, porque es el primer responsable después del Comandante y se entiende que solo repite las instrucciones del jefe.
Texto oficial
Artículo 506.- Cuando hubiere faenas de consideración para las que distribuya el Comandante a varios o a todos los Oficiales que no estuvieren de guardia, no deberán mezclarse en lo que sea exclusivo de ella, sino solamente en la parte de maniobra o en lo que tenga relación con la faena; entendiéndose que aun en ésta lleva la primera voz el Oficial Jefe de la guardia, debiendo obedecer y ejecutar lo que mandare en su curso, aun cuando sea más moderno, pues es el primer responsable de todo, después del Comandante, y se supone que manda repitiendo sus órdenes o arreglado a sus disposiciones.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.