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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
508

Artículo 508 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los oficiales de menor rango en un barco se van a turnar para hacer las guardias. Normalmente se van a dividir en cuatro grupos, para que les alcance el tiempo para escribir su bitácora y anotaciones, estudiar un poco y hacer otros trabajos que les encarguen. Así tienen chance de cumplir con todo sin quedarse sin descanso.

Texto oficial

Artículo 508.- Los Oficiales subalternos de un buque se repartirán para la formación de guardias según su número, procurándose que en lo ordinario sean cuatro los turnos, para que les quede tiempo de llevar al día su diario y observaciones, dedicar algún tiempo al estudio y desempeñar las demás comisiones que se les confíen.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 69) ↗

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