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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
529

Artículo 529 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El comandante del barco tiene a su cargo a una persona encargada de la instrucción militar de la tripulación. Ese encargado es quien responde directamente ante el comandante por cómo va el entrenamiento. Además, debe proponer cómo repartir mejor los ejercicios para que todo funcione, pero sin cambiar las reglas que ya están puestas.

Texto oficial

Artículo 529.- Será el directo responsable al Comandante, de la instrucción militar de la tripulación, y propondrá para llenar su cometido, la distribución más conveniente de los ejercicios, sin alterar el régimen establecido.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 71) ↗

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