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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/539
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
539

Artículo 539 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Después de que practiquen con armas de fuego, el encargado tiene que revisar personalmente cada arma para asegurarse de que nadie esconda pólvora, estopines (son como mechas para encender explosivos), espoletas (lo que activa una bomba), cápsulas u otro material que pueda explotar. Esto es para evitar accidentes o que alguien guarde cosas peligrosas sin permiso. La revisión la hace quien esté a cargo, no cualquier persona.

Texto oficial

Artículo 539.- Después de cualquier ejercicio de fuego, revisará por sí el armamento, cuidando de que ninguno oculten pólvora, estopines, espoletas, cápsulas u otra materia explosiva.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 72) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.