- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 539
Artículo 539 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Después de que practiquen con armas de fuego, el encargado tiene que revisar personalmente cada arma para asegurarse de que nadie esconda pólvora, estopines (son como mechas para encender explosivos), espoletas (lo que activa una bomba), cápsulas u otro material que pueda explotar. Esto es para evitar accidentes o que alguien guarde cosas peligrosas sin permiso. La revisión la hace quien esté a cargo, no cualquier persona.
Texto oficial
Artículo 539.- Después de cualquier ejercicio de fuego, revisará por sí el armamento, cuidando de que ninguno oculten pólvora, estopines, espoletas, cápsulas u otra materia explosiva.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.