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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
550

Artículo 550 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Como capitán, tú tienes que tomar la información del cuaderno de bitácora para llenar el diario de navegación. No debes dejar que los oficiales de guardia borren o corrijan rayando el cuaderno. Cada guardia debe estar firmada por el oficial que la hizo. Si alguien se equivoca u olvida algo, tiene que anotarlo por separado y firmar esa aclaración.

Texto oficial

Artículo 550.- Como los datos para el diario de navegación debe tomarlos del cuaderno de bitácora, no permitirá que los Oficiales de guardia hagan en este último raspaduras o enmendaturas, cuidando que cada guardia esté firmada por el Oficial respectivo. En caso de que ocurra omisión o error, se anotará por separado, firmando la anotación el que lo hubiere cometido.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 73) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.