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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
591

Artículo 591 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

apenas el comandante del barco termine de tomar el mando, tiene que hacer los horarios de vigilancia, las listas para las comidas y el plan general de trabajo. debe poner copias de estos planes en lugares donde todos puedan verlas, junto con las órdenes especiales para cada área y otras reglas que crea necesarias para mantener el orden. todo esto es para que ningún miembro de la tripulación pueda decir que no sabía las reglas y así evitar su castigo.

Texto oficial

Artículo 591.- Tan pronto como acabe de recibirse de su oficina, procederá a arreglar los turnos de guardia, listas de rancho, plan general, etc., haciendo que se coloquen en sitios visibles copias de dicho plan, distribución diaria del servicio, órdenes especiales para cada departamento y las demás que juzgue convenientes para el buen orden y disciplina, a fin de que ninguno de la tripulación alegue ignorancia que le exima del castigo correspondiente.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 78) ↗

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