- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 592
Artículo 592 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando seas un jefe o un oficial de un barco y te den una misión, tienes que revisar bien cómo está el barco: su diseño, la tripulación, la distribución de los espacios, cómo funciona la máquina y las calderas, y todo lo relacionado con el servicio del buque. Si ves algún problema o algo que no funciona bien, debes reportarlo de inmediato al Comandante.
Texto oficial
Artículo 592.- Todo Jefe u Oficial al recibir esta comisión, se enterará del arreglo especial del buque, su dotación, distribución interior, estado y fuerza de la máquina y calderas, plan general y pormenor de su servicio, dando aviso al Comandante de los defectos que notare.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.