- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 615
Artículo 615 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Dependiendo del tamaño del barco, a la persona encargada de la contabilidad le toca cierto número de ayudantes. En barcos grandes (primera y segunda clase), tendrá un oficial como ayudante, un aspirante y hasta tres marineros. En barcos medianos (tercera clase), le asignan un subteniente o un aspirante, más un tripulante. En barcos chicos (cuarta y quinta clase), solo le dan un marinero que sirva como escribiente. En pocas palabras, mientras más grande sea el buque, más personas lo apoyan con el papeleo.
Texto oficial
Artículo 615.- En buques de primera y segunda clase, tendrá un ayudante de la categoría de Oficial, un Aspirante y hasta tres individuos de tripulación. En buques de tercera, tendrá un Subteniente o Aspirante y un individuo de la tripulación, y en buques de cuarta y quinta, tendrá un marinero como escribiente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.