Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/616
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
616

Artículo 616 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando te den tu licencia absoluta o tu certificado de baja, en la parte de atrás van a poner una copia de tus datos personales, como tu descripción física (estatura, color de ojos, etc.). También van a anotar cualquier cambio que hayas tenido en tus características particulares, por ejemplo, si te creció una cicatriz o te cambiaste el peinado. Esto es para que siempre esté actualizada tu información.

Texto oficial

Artículo 616.- Al reverso de cada licencia absoluta o certificado de baja, se inscribirá copia de la filiación del individuo que la obtenga, con anotación de las variaciones que hubiere sufrido en sus señas particulares.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 80) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.