- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 616
Artículo 616 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando te den tu licencia absoluta o tu certificado de baja, en la parte de atrás van a poner una copia de tus datos personales, como tu descripción física (estatura, color de ojos, etc.). También van a anotar cualquier cambio que hayas tenido en tus características particulares, por ejemplo, si te creció una cicatriz o te cambiaste el peinado. Esto es para que siempre esté actualizada tu información.
Texto oficial
Artículo 616.- Al reverso de cada licencia absoluta o certificado de baja, se inscribirá copia de la filiación del individuo que la obtenga, con anotación de las variaciones que hubiere sufrido en sus señas particulares.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.