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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
631

Artículo 631 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El capitán del barco, junto con el maquinista encargado, tiene que revisar cómo están las calderas y las máquinas. También debe verificar cuánto carbón y grasa hay disponible, qué daños tiene el barco, y cuánto tiempo van a tardar las reparaciones para que el barco esté listo para pelear de nuevo.

Texto oficial

Artículo 631.- Igualmente examinará, acompañado del Maquinista de cargo, el estado de las calderas y máquinas, enterándose de la existencia de carbón y grasas, de las averías sufridas y del tiempo que puedan durar las reparaciones que haya que hacer para quedar en condiciones de volver al combate.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 81) ↗

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