- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 636
Artículo 636 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un barco se va a desarmar, el capitán debe quedarse a bordo hasta que la tripulación y los oficiales bajen. Luego, él se queda con los ayudantes para entregar todo lo del barco a la persona indicada y cerrar todos los libros y papeles importantes, como los de cuentas, equipo y armas. Cada vez que saquen algo del barco, el capitán tiene que avisarle al Comandante.
Texto oficial
Artículo 636.- Cuando tenga que desarmarse el buque, permanecerá a bordo hasta que sean desembarcados los Oficiales y tripulación, quedando con los de cargo o ayudantes de éstos, mientras se termina la entrega a quien corresponda, y se cierren todos los libros y documentos de los archivos, particularmente los de contabilidad, pertrechos y armamentos. De todo cuanto salga de a bordo, dará aviso al Comandante.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.