- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 663
Artículo 663 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tienes que asegurarte de que las listas con los nombres de los pasajeros y los tipos de equipaje en un barco estén bien escritas y sin errores. Para lograr esto, debes hacer un conteo de todas las personas a bordo llamándolas una por una. En ese proceso, te van a ayudar el encargado del registro de personal y los jefes de cada grupo de trabajo. Esto es para que todo quede claro y no falte nadie.
Texto oficial
Artículo 663.- Cuidará con especial esmero que las listas de equipajes contengan con exactitud las clases y nombres de los individuos embarcados, y con este objeto pasará revista a la gente, acompañándolo el Jefe del Detall y los de las respectivas brigadas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.