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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/663
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
663

Artículo 663 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tienes que asegurarte de que las listas con los nombres de los pasajeros y los tipos de equipaje en un barco estén bien escritas y sin errores. Para lograr esto, debes hacer un conteo de todas las personas a bordo llamándolas una por una. En ese proceso, te van a ayudar el encargado del registro de personal y los jefes de cada grupo de trabajo. Esto es para que todo quede claro y no falte nadie.

Texto oficial

Artículo 663.- Cuidará con especial esmero que las listas de equipajes contengan con exactitud las clases y nombres de los individuos embarcados, y con este objeto pasará revista a la gente, acompañándolo el Jefe del Detall y los de las respectivas brigadas.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 86) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.