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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
674

Artículo 674 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 674 le exige al capitán del barco que se asegure de que el equipaje de los pasajeros sea cuidado correctamente por los oficiales. También tiene la obligación de vigilar que ni los oficiales, ni los marineros, ni los de rangos medios maltraten o insulten a los de menor jerarquía, ya sea con palabras o acciones. Además, debe ordenar que toda la tripulación vista ropa limpia y adecuada, sin descuidos.

Texto oficial

Artículo 674.- Hará que el equipaje sea bien tratado por los Oficiales, cuidando que, ni éstos, ni los de mar, ni las Clases, injurien de palabra u obra a sus inferiores. Hará, igualmente, que todos se vistan con propiedad y aseo.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 87) ↗

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