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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
693

Artículo 693 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que quien esté a cargo de los Oficiales (como secretarios o actuarios) debe repartir el trabajo entre ellos de forma pareja, según cuántos sean. También tiene que procurar que sus horas para comer no sean interrumpidas, o sea, que puedan descansar y comer sin que los molesten con asuntos del juzgado. Es como asegurarse de que nadie cargue con más trabajo que otro y que tengan su tiempo para descansar.

Texto oficial

Artículo 693.- Distribuirá el servicio entre los Oficiales con igualdad y según el número de ellos, procurando que sus horas de comida no se interrumpan.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 89) ↗

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