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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
699

Artículo 699 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En los días de descanso, el capitán debe asegurarse de que toda la tripulación use el uniforme oficial y nadie lleve cuchillos ni armas. También tiene que revisar que los botes asignados para que regresen estén en el muelle a la hora indicada.

Texto oficial

Artículo 699.- En los días señalados para paseo, cuidará que los individuos de la tripulación vistan el uniforme de Reglamento y que no lleven consigo facas ni arma alguna. Asimismo tendrá cuidado de que los botes que se designen para su regreso, se hallen en el muelle o lugar propio, a la hora ordenada.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 89) ↗

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